- Cómo y dónde pido un abogado de oficio
 

Hay un artículo en la constitución española, el 119 concretamente, que dice que dice que todas las personas tienen derecho a acceder a la justicia en condiciones de igualdad, y para evitar la discriminación que ocasionaría
la falta de recursos, dispone que quienes acrediten que no tienen recursos para ir a juicio o defenderse en los tribunales obtendrán justicia gratuita.

Podrán solicitar abogado de oficio los ciudadanos nacionales o extranjeros con residencia en España, o bien los extranjeros sin residencia legal pero que acrediten que no tienen recursos económicos y siempre que se trate de temas relacionados con solicitudes de asilo, denegación de entrada, devolución o expulsión del pais.
Las asociaciones de utilidad publica y las fundaciones que demuestren insuficiencia de recursos también tienen derecho a abogado de oficio.
Cada colegio de abogados de cada ciudad está obligado a tener un Servicio de Orientación Jurídica que asesora, tramita y se asegura de que se garantice el derecho de acceso a la tutela judicial.
La manera tradicional de solicitar abogado de oficio es:
1. Descargamos la solicitud que aparece en cualquier pagina web del colegio de abogados de la ciudad, o bien la solicitamos y la rellenamos allí mismo cuando entregamos la documentación.En Murcia, la página donde aparece el enlace para bajarnos la solicitud es:
www.icamur.org/web/mostrar.php?=20
2. Se aporta la siguiente documentación:
-Fotocopia N.I.F. , N.I.E. o pasaporte.
-Certificado de empadronamiento del ayuntamiento.
-Fotocopia del libro de familia numerosa si lo tienes.
-Fotocopia de la declaración de la renta o certificado de Hacienda de no haberla presentado.
-Fotocopia de las últimas seis nóminas y contrato de trabajo, o certificado del INEM donde conste lo que se cobra y durante cuánto tiempo.Si no tenemos trabajo ni cobramos paro, certificado de Vida Laboral que se pide en las oficinas de la Seguridad Social.
Si se trata de un trabajador autónomo, las declaraciones trimestrales de I.V.A.
- Certificado Catastral de bienes Inmuebles.(Se solicita en Ayuntamiento o Catastro)
A veces es un poco lioso dar con todo este papeleo. Podeis acudir a los servicios sociales de vuestro ayuntamiento, y,por supuesto, solicitarnos ayuda en el buzón de contacto.
Una vez conseguida toda la documentación, la presentamos en el colegio de abogados de nuestra ciudad, en el caso de Murcia, en el Palacio de Justicia, (o sea, junto al Meliá 7 coronas), en la 1ª planta, de 10.00 a 12.30 h. Lunes, Miercoles y Viernes.
En un plazo de un mes y medio aproximadamente contestarán mediante una carta con la aprobación y el nombre del abogado o la denegación, y si tardan mucho hay que llamar al colegio de abogados y consultar

 
 
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